Qué es y Cómo Elaborar un Convenio de Confidencialidad
El convenio de confidencialidad es un documento que suscriben dos o más personas cuando van a intercambiar información.
Esto es a fin de proteger la misma y establecer los términos y condiciones en que será utilizada.
¿Para qué me sirve un convenio de confidencialidad?
Para que no se haga mal uso de la información que proporcionas.
Ya que tanto podrían utilizar indebidamente tu información personal, de tus clientes, de tus proveedores; como la información de tu empresa o negocio; así como tus proyectos, planes de trabajo, desarrollos, manuales, en fin todo el conocimiento de tu empresa.
¿Qué elementos debe contener un convenio de confidencialidad?
[fusion_alert type=”custom” accent_color=”” background_color=”#e6f957″ border_size=”1px” icon=”” box_shadow=”no” hide_on_mobile=”small-visibility,medium-visibility,large-visibility” class=”” id=”” animation_type=”” animation_direction=”left” animation_speed=”0.3″ animation_offset=””]Te invitamos a que descargues este CHECK LIST y evalues lo que debe contener tu convenio de confidencialidad.
[/fusion_alert]¿Qué tipo de información debe proteger?
Dos tipos de información principalmente:
Los datos personales protegidos por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares e información de tu empresa relacionada con el manejo y funcionamiento de la misma, denominado Know how.
¿En qué consiste esa información que protege el convenio de confidencialidad?
1.- Los datos personales, que de acuerdo a la Ley Federal de Datos personales, es cualquier información concerniente a una persona física identificada o identificable, dentro de lo cual también se incluyen los datos sensibles, que son aquellos datos personales que afecten a la esfera más íntima de su titular, o cuya utilización indebida pueda dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para éste.
En particular, se consideran sensibles aquellos que puedan revelar aspectos como origen racial o étnico, estado de salud presente y futuro, información genética, creencias, religiosas, filosóficas y morales, afiliación sindical, opiniones políticas, preferencia sexual.
2.- El Know How de tu empresa o negocio, entendido como todo el conjunto de conocimientos técnicos y administrativos que son necesarios para su funcionamiento, que pueden estar o no protegidos por un registro o patente pero son indispensables para tu negocio o empresa.
¿Cómo elaboro un convenio de confidencialidad?
Dependiendo sobre todo del giro de tu empresa o negocio, no es la misma información la que debe proteger una inmobiliaria, por ejemplo, que la que debe proteger una empresa que hace páginas web u otra que desarrolla software, cada empresa, dependiendo de su giro debe determinar en el convenio que información se considera confidencial.
¿Cómo protejo la información mediante el convenio de confidencialidad?
Debes establecer de manera clara y precisa, que información en específico te interesa proteger y se considera confidencial, por ejemplo en una inmobiliaria sería el caso de las escrituras, los estados de cuenta bancarios, las identificaciones de los clientes, su CURP, RFC, sus boletas prediales, etc.; en una empresa que desarrolla páginas web, serían los diseños de la página, la estrategia y el plan de desarrollo, etc.
¿Quién debe firmar el convenio?
Clientes, proveedores, empleados, prestadores de servicios, colaboradores, toda aquella persona que vaya a tener acceso a tu información.
¿Tiene alguna vigencia?
La vigencia se establece de acuerdo a tu giro de negocio, como por ejemplo durante el tiempo que dure la relación comercial y un tiempo posterior a ésta.
¿Cómo hago que se cumpla un convenio de confidencialidad?
Debes establecer de manera clara las penalizaciones en que incurrirá el incumplimiento del convenio y mal uso de la información.
Puede ser desde una cantidad en específico o bien el pago de daños y perjuicios que se causaron, pero determinando en que forma serán calculados o considerados éstos.
Proteje a tu Empresa de Responsabilidad de Delito
Dadas las Reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales, las empresas ya pueden ser condenadas como responsables de delito.
Sabemos que es una noticia nada agradable, sin embargo es mejor conocerla para poder prevenir, no para causarnos miedo.
Pues bien, el artículo 421 establece que será responsable cuando “se haya determinado que además existió inobservancia del debido control en su organización”, esto es, que no se observaron las leyes, políticas y procedimientos adecuados y suficientes para garantizar que una empresa, incluidos sus directivos, empleados, socios y representantes, cumplen con las normas correspondientes, no solo las legales, sino también las políticas internas y los compromisos con clientes, proveedores o terceros.
Suena muy complicado ¿no?, sin embargo, si desde que inicias tu negocio, vas cumpliendo con cada una de las normas que te son aplicables tanto internas como externas y tomando las providencias para el debido funcionamiento de tu empresa, no solo estas creando un escudo legal para tu negocio, sino tambíen procurando un mejor control y manejo del mismo.
Asi que ya estas informado, ahora ¡Pon manos a la obra!
No te arriesgues, evita los riesgos o reducelos al mínimo.